Documentos para registrar al bebé
Una vez que el pequeño nace, es necesario registrarlo, por eso algunos papás están tan apurados buscando el nombre perfecto. Te damos una guía de los documentos para registrar al bebé que te pedirán en el registro civil. Te recomendamos preparar los papeles que tengas antes del parto para tener todo listo, es mejor ir adelantando algunas tareas.
Pasos a seguir:
Para registrar al recién nacido se requiere: la presentación del menor junto con sus padres o de quien ejerza la patria potestad (abuelos paternos o maternos, familiares directos de cualquiera de ellos, hermanos o tíos).
Se debe acudir a las áreas de atención, es decir, a las oficinas del Registro Civil del lugar de procedencia de los padres.
Para la autorización de las actas relativas al registro ordinario de nacimiento que se realicen dentro de los seis meses se necesita:
Solicitud de registro.
Presentarse con el bebé que se registrará, por conducto de su padre y madre, o cualquiera de ellos. A falta de ellos, los abuelos y demás familiares, hermanos o tíos.
Certificado de Nacimiento.
En el caso de la madre se debe contar con la Constancia de Parto que contenga el nombre y firma del médico cirujano o partera, debidamente registrada ante la Secretaría de Salud, que haya asistido el nacimiento (lugar, fecha y hora de nacimiento, así como el nombre completo de la madre).
En caso de que no exista el certificado o la constancia, o no se tuvieran por alguna razón, el declarante deberá presentar ante el Juez del Registro Civil una denuncia de hechos realizada ante la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal, en la que se describa la razón de la falta de documentos y las circunstancias en que ocurrió el nacimiento. Esta denuncia se deberá anexar al expediente.
Copia certificada del Acta de Matrimonio de los padres. En caso de no ser casados deberán presentar sus Actas de Nacimiento.
También hay modeladores de silicón o plástico que son colectores de leche; tienen un suave anillo en la apertura en donde se coloca el pezón y pueden ayudar a la extroversión.
Si alguno o ambos padres son extranjeros deberán presentar actas extranjeras legalizadas o apostilladas según sea el caso. Si están redactadas en idioma distinto al español se requerirá traducción realizada por perito autorizado del Tribunal Superior de Justicia del la Ciudad de México. En caso de no existir perito, se designará conforme al siguiente orden: Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, Instituciones de Educación Pública, Embajadas o representantes de los países.
Identificación oficial de los presentes.
Comprobante del domicilio(menor a seis meses) declarado por él o los representantes del bebé a registrar.
Sí, son muchos trámites y papeles, pero es importante registrar al bebé de preferencia antes de los 6 meses de vida. Si tienes más dudas, acércate al registro civil más cercado a tu localidad.
Fuente:
Biblioteca Nacional de Medicina de los EE. UU.
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